Ya ha salido la resolución del BOE que define toda la nueva normativa y características que tienen que tener los VMP para poder circular. En resumen, los patinetes eléctricos tendrán que cumplir la siguiente normativa:
La velocidad máxima permitida será de 25 km/h . No cumplir esta norma tendrá una sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo. Es necesario presentar la ficha técnica del patinete donde se demuestra la conformidad CE de que el patinete cumple las normas con sus especificaciones del fabricante. Puedes descargar las principales fichas técnicas de patinetes desde este artículo .
El casco es obligatorio en TODOS los patinetes eléctricos tras la actualización de esta reforma en septiembre de 2021 .
No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá circular por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos.
Sigue estado prohibido circular con patinete cuando hemos bebido alcohol, o con auriculares puestos.
Sigue estando prohibido transportar más de 1 persona en el patinete. Son vehículos uni-plaza .
Ojito a este: SERÁ OBLIGATORIO UN CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN . Todos los patinetes eléctricos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 tienen que haber sido certificados cumpliendo la normativa. Todos los patinetes comercializados hasta el 22 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado . Y a partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los scooters eléctricos que dispondrán de certificado para circular.
Características técnicas de los patinetes eléctricos tras la reforma DGT
Altura máxima
1.400 mm.
Anchura máxima
750 mm.
Velocidad máxima
25 km/h.
Potencia nominal de motor
Vehículos sin auto-equilibrado: ≤ 1.000 W / Vehículos con auto-equilibrado: ≤ 2.500 W (en este caso, Al menos el 60% de esta potencia se debe dedicar al sistema de autoequilibrado).
Masa
< 50 kg.
Longitud máxima
2.000 mm.
Pantalla
Obligatoria y que muestre velocidad y batería como mínimo.
Sistema de frenado
Dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
Visibilidad
Catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
Emisiones
Clasificación ambiental CERO emisiones.
Avisador acústico
Obligatorio.
Aparcamiento
Sistema de estabilización a la hora de aparcar. Con el objetivo de evitar los patinetes caídos en medio de las calles, se ha establecido la obligatoriedad para los VMP con menos de 3 ruedas de disponer de un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.
Ruedas
Se establece en 203,2 mm el diámetro mínimo establecido de las ruedas y tienen que ser de superficie rugosa para que permita la adherencia al terreno. No se permitirá la utilización de neumático liso.
Plegado
Doble sistema de seguridad para que queden bien plegados.
Placa metálica para identificar el patinete
Todos los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo. Los VMP deberán llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.
Ordenanzas municipales de VMP
Cada municipio tiene su ordenanza concreta donde se limpian las normas de circulación dentro de su región. Por eso es obligatorio para cada persona que conduzca un patinete eléctrico, consulte esta información antes de ponerse una circular con él.
Aquí os adjuntamos las ordenanzas de las principales ciudades;
Para el resto de ciudades, podéis buscar en las plataformas web de sus ayuntamientos, el documento de ordenanza municipal VMP.
¿Es obligatorio el uso de casco cuando monto en patinete eléctrico?
Respuesta rápida: depende de la ordenanza municipal de tu ciudad.
Como norma general, sí que es obligatorio, pero hay en ciertos municipios donde es opcional, por eso siempre es recomendable que consulte la ordenanza correspondiente. Como ha reconocido la DGT, el casco es la principal medida de protección para conductores de bicicletas, patinetes, etc. y se está intentando concienciar su uso desde hace tiempo.
¿Por dónde puedo circular con un scooter eléctrico?
Como norma general, debemos circular con nuestros patinetes eléctricos por los carriles bici . Eso sí, los conductores de patinetes eléctricos deben saber que los peatones siempre tienen preferencia . Por lo tanto, los patinetes eléctricos deben de esperar en los pasos de cebra y en los semáforos como si ocurre un vehículo normal o una bicicleta.
Los patinetes eléctricos también podrán circular por las vías pacificadas siempre que la velocidad a la que circulen sea inferior a 30 km/h .
En las calles peatonales, los patinetes eléctricos pueden circular por la calzada de manera totalmente legal, no superando la velocidad máxima marcada por su ordenanza municipal.
No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
¿La normativa DGT obliga a tener un seguro contratado?
En este momento es obligatoria la contratación de un seguro de patinete únicamente en;
alicante
Benidorm
Bilbao
castellon
Mahón
Palencia
Pozuelo de Alarcón .
En el resto de ciudades no lo es. Como la reforma se está cambiando constantemente, seguramente se añadan más ciudades a la lista.
Un día de hoy, no es obligatorio contratar un seguro para patinete en ningún otro sitio . De momento, la DGT ha puesto de manifiesto que, aunque es recomendable la contratación de un seguro como medida de protección personal y de terceros, lo cierto es que no es obligatorio. Es posible que esto cambie en un futuro, pero de momento así está la cosa. Como la legislación de los patinetes está siendo revisada constantemente, esto es algo que no es definitivo.
Multas cuando circulamos en patinete eléctrico
La DGT quiere regular el uso de los patinetes eléctricos, con normas y multas específicas creadas para ellos. Aunque no sea la máxima prioridad, desde hace tiempo la DGT viene alertando de la necesidad de establecer unas multas básicas para regular el uso de estos VMP.
Los ayuntamientos también vienen reclamando desde hace tiempo la regulación del tema, una cuestión que también es importante para los usuarios de patinetes eléctricos, que nos encontramos con normativas muy diferentes, y contradictorias, entre municipios cercanos. ¿Cuáles son las «nuevas»multasque anuncia la DGT para patinetes eléctricos?
Las normas en los patinetes eléctricos
Llevar un patinete eléctrico habiendo consumido alcohol: entre 500 y 1.000 euros, e inmovilización del vehículo.
Conducir un patinete eléctrico con presencia de drogas: 1.000 euros, e inmovilización del vehículo.
Negarse a realizar las pruebas por usar alcohol o drogas: puede imputarse delito.
Utilizar el teléfono móvil mientras se conduce: 200 euros de multa.
Utilizar auriculares mientras se conduce: 200 euros de multa.
No utilizar casco: solo será aplicable en municipios que obliguen a utilizar casco en patinete eléctrico y la multa en estos casos es de 200 euros.
Conducir por aceras y zonas peatonales: 200 euros de multa, salvo en municipios que lo permitan expresamente.
Conducir dos personas sobre el patinete: 100 euros de multa.
No se necesita documentación ni matrícula cuando conducimos un patinete eléctrico.
No utilizar prendas reflectantes o sistema de alumbrado: 200 euros de multa (vacío legal, aún no implantada).
Cuando se multa a un menor: los padres o tutores del menor serán los responsables de la infracción y tendrán que pagarla ellos.
¿Qué puedo hacer para que no me multen?
Una de las principales cosas que puedes hacer es no circular a mucha velocidad para no llamar la atención. Ten en cuenta que próximamente entrará en vigencia una ley de regulación de vehículos VMP, donde se establecerá que la velocidad máxima en la que deben ir es de 25 km/h.
Así que esta es una buena velocidad para conducir y evitar una multa segura. Si te encuentras en una situación donde un agente desconoce que la ley no está en vigencia y no posees un certificado que indique que tu patinete está limitado a 25 km/h, debes tratar de convencerlo con educación y respeto de lo contrario.
Bajo ningún concepto tomes una actitud desafiante y poco respetuosa. Para ellos deberás leerte la normativa DGT y demostrar que la conoces y sabes cuáles son tus deberes tanto como tus derechos.
Tipos de patinetes según la normativa
La normativa actual define que existen diferentes tipos de patinetes, según su velocidad y potencia; A, B, C0 (éste tipo sólo se define en algunas comunidades), C1, C2. Están ordenados de menor a mayor potencia. Por regla general (hay que leer específicamente la normativa de cada comunidad), ninguno de los patinetes puede circular por la acera. Los patinetes de tipo A (los menos potentes, hasta 20 km/h), podrán circular por la acera respetando la distancia entre los peatones y sin ir a más de 10 km/h. Este tipo de patinetes pueden ir por carriles bicis de todo tipo.
Los patinetes más potentes, sólo podrán circular por carriles bici o ciclocalles, además hay que tener en cuenta la velocidad máxima que se permite, que lo define cada comunidad autónoma.