
Seguro para patinete Electrico Axa
¿Montas en patinete eléctrico y no tienes seguro? Recuerda que no es un juguete, piensa que es un vehículo más y que puedes dañar a alguien o algo por accidente ¿Qué te cubrimos? Responsabilidad civil a terceros en caso de accidente Abogado sin límite de gastos y fianzas Daños accidentales a un tercero cuando uses el patinete
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40 km de autonomía y un precio inferior a su rival Xiaomi: el patinete de Segway rompe récord de precio
No cabe duda de que los patinetes eléctricos han venido para quedarse y que, en cualquier caso, se irán haciendo más y más comunes en ciudades de todo tipo. Ya lo son, con abrumador dominio de Xiaomi como vendedor, al menos en España, aunque no le faltan algunos rivales.
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Regularcion Patinetes Electricos Murcia
Los patinetes eléctricos se han convertido en cada vez más habituales inquilinos de las carreteras murcianas. Y aunque con un uso adecuado se trata de un medio de transporte poco contaminante, el número de siniestros que protagonizan crece mes a mes a mes, por lo que era una necesidad latente la regulación de su uso. Estos vehículos no pueden superar los 25 km/h (sanción mediante en caso de superarlos) y no pueden circular por las aceras, algo que no siempre se cumple y que se puede comprobar con un simple paseo por las calles de Murcia.
Read moreLA DGT OBLIGARÁ EL CASCO E IMPONDRÁ UNA EDAD MÍNIMA PARA CIRCULAR EN PATINETE
A finales del 2020, Pere Navarro, director general de la DGT, anunció la primera parte de la regulación sobre los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que entraba en vigor a principios de este 2021. Ahora, Susa Gómez, subdirectora adjunta de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, aprovechó el congreso «Summit 2021. Impulsando la Movilidad Sostenible desde las Empresas» para confirmar la segunda parte y los nuevos aspectos que esta normativa regulará respecto a los VMPs.
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¿Cómo actuar en caso de accidente en un patinete eléctrico?
El patinete eléctrico o VMP ha sido vehículo en auge en nuestras ciudades en los últimos años y se prevee un crecimiento exponencial a corto plazo. Esta entrada masiva en las ciudades y la ausencia o reciente aparición de normativas nacionales y locales hacen que el desconocimiento entre los usuarios y la población en general acerca de la legalidad o los derechos y obligaciones que se deben cumplir cuando se utiliza un VMP sea amplia y notoria. Es evidente que la aparición de accidentes con VMP son inevitables y que van en claro aumento, pero siempre debemos tener en cuenta que este incremento debe valorarse teniendo en cuenta que contabilizamos desde cero, por lo que cualquier incremento de los accidentes en forma de porcentaje va a dar un dato poco real y sesgado. Como ya hemos indicado en otras ocasiones, puede verse en el estudio Safe Micromobility, la cantidad de accidentes y sus consecuencias no distan mucho de los que ya se producían a diario en bicicleta.
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Cómo circular en patinete eléctrico
Norauto, en colaboración con la DGT, ha publicado una guía que recopila toda la normativa existente sobre circulación de patinetes eléctricos en las principales ciudades españolas: Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia y Pamplona. Y es que no hay una normativa común para todas las ciudades. La Dirección General de Tráfico ha publicado instrucciones con medidas básicas sobre el uso de patinetes eléctricos pero deja a los Ayuntamientos la potestad de legislar su utilización a la espera de que se produzca una reforma del Reglamento General de Circulación. Así, no es lo mismo utilizar un patinete eléctrico en una ciudad como Barcelona que hacerlo en Madrid. Por ejemplo, mientras que en Madrid la edad mínima para su utilización es de 15 años, en Barcelona se fija en 16. Esta misma edad es para Valencia, mientras que en Pamplona estamos hablando de 14 años y de 15 en Sevilla. Esto mismo ocurre a la hora de conocer por qué vías se puede circular, la velocidad máxima que se puede alcanzar o prohibiciones en lo que respecta al aparcamiento. Normativa básica de la DGT
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Nueva normativa DGT patinetes electricos
"Con respecto al comunicado del Real Decreto 970/2020 aprobado el pasado 10 de Noviembre de 2020 que regula los vehículos de movilidad personal y que incluye modificaciones del Reglamento de Circulación y Vehículos, no entrará en vigor hasta el 2 de enero de 2021.El certificado de circulación aún no es obligatorio ya que primero ha de aprobarse la resolución del mismo y publicarse posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). «Artículo 22 bis. Vehículos de movilidad personal.1. Los vehículos de movilidad personal quedan exceptuados de obtener la autorización administrativa a la que hace referencia el apartado 1 del artículo 1.2. Los vehículos de movilidad personal requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.3. El manual de características de los vehículos de movilidad personal se aprobará por Resolución del Director General de Tráfico.»Aún no se ha publicado dicho manual de características para poder contrastarlo. Una vez sea publicado, procederemos a detallar con exactitud la información que se requiera para dicho certificado de circulación.Mientras tanto, pondremos pronto a vuestra disposición el etiquetado de cada modelo, dónde figuran las prestaciones referentes a la potencia, velocidad máxima, peso, dimensiones,..etc."
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